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La Comunidad Indígena Punta Querandí en Tigre dio un paso importante en su histórico reclamo de restitución de restos profanados de su entierro, conocido como “sitio arqueológico Arroyo Garín”, que a fines de los ’90 fue destruido por las obras del barrio privado Santa Catalina.

En agosto, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) apoyó la solicitud de Punta Querandí y requirió la intervención del Consejo Provincial de Asuntos Indígenas.

A partir del 2011 Punta Querandí reclamó la devolución de los cuerpos humanos a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, sin obtener resultados. Sin embargo, el INAI, organismo de aplicación de la Ley 25.517 de restitución de restos mortales a sus comunidades, comenzó a intervenir activamente después del último pedido elevado el pasado 24 de abril.

En esa misma fecha, la Defensoría del Pueblo de la Nación solicitó información a distintos organismos -como el INAI- por la situación de abandono de los sitios arqueológicos de La Bellaca. Y también por la ubicación de los restos humanos reclamados por las comunidades indígenas. En simultáneo se hacía sentir una escalada de movilizaciones vecinales para frenar el proyecto inmobiliario Santa Ana, en Villa La Ñata.

En este contexto, el INAI avanzó y el 21 de mayo pidió la localización de ocho cuerpos, siete de La Bellaca y uno del sitio Arroyo Garín al Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL), organismo de aplicación de la ley de patrimonio arqueológico. En esta oficina confirmaron que dichos esqueletos estaban en su poder.

“Los aludidos restos han sido objeto del trabajo de investigación llevado a cabo por el doctor Daniel Loponte y se encuentran depositados temporalmente en el Instituto a mi cargo”, señaló el 10 de junio la directora de dicho organismo, María Leonor Elena Acuña.

Sin embargo, el mismo escrito desconoció la autoridad del INAI y planteó que “en materia de restitución deberá estarse a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico y consultarse a la Dirección Provincial de Museos y Preservación Patrimonial, organismo competente en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires”.

La Comunidad Cumple Con Los Requisitos

Luego de analizar todos estos antecedentes, el pasado 15 de agosto, Nicolás Torres, Director de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas del INAI, dirigió una nota al Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI), donde señaló: “(…) en función del reclamo de restitución, efectuado por la Comunidad Indígena Punta Querandí ante nuestra institución, sobre los restos pertenecientes al territorio comunitario que se encuentran en el INAPL pero que su jurisdicción corresponde a la provincia de Buenos Aires como se desprende de lo actuado, desde el área correspondiente al Programa Nacional de Identificación y Restitución de Restos Humanos Indígenas, del INAI, le informamos: que no encontramos ninguna objeción al mismo, y en tanto que la comunidad cumple con los requisitos a los efectos de recibir la restitución de los restos reclamados en cuestión le sugerimos a Usted, y por su intermedio a quien corresponda, a dar pronto curso al pertinente proceso de restitución”.

Luego de recibir esta documentación, el CPAI trasladó la solicitud a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, donde se espera la mayor resistencia a acatar la Ley 25.517 de restitución de restos mortales.

Según el antropólogo Fernando Miguel Pepe, coordinador del Programa Nacional de Identificación y Restitución de Restos Humanos Indígenas, “el pedido de Punta Querandí es el primero que se realiza desde una comunidad originaria de la provincia de Buenos Aires a los arqueólogos que tienen restos humanos considerados ‘patrimonio arqueológicos’, ya que las restituciones realizadas al día de hoy en esta provincia fueron desde la Facultad de Ciencias Naturales y Museo, a través del INAI, de hombres que murieron asesinados, como los lonkos Cipriano Catriel y Gherenal o como Gervacio Chipirtuz, el machi Indio Brujo y Manuel Guerra que fueron prisioneros del ejercito y luego se profanaron sus tumbas, como también fue el caso de los seis catrieleros N.N. restituidos en 2017”.

“Entonces sería histórico que los arqueólogos que hasta el día de hoy se niegan a reconocer los derechos de los pueblos y su cosmovisión restituyan estos restos ya que la provincia de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional 25.517, que fue reglamentada en 2010, no hay nada que lo impida solo falta la voluntad política de cumplir con la Ley”, concluyó Pepe.

El Inicio De Una Reparación Histórica

Santiago Chara, del Consejo de Ancianos de Punta Querandí y de la Comunidad Qom Cacique Ramón Chara de Benavidez, expresó: “El primer reentierro de un cuerpo de nuestros abuelos en Buenos Aires y en Punta Querandí significa que se está logrando el respeto a nuestros pueblos, después de tanto tiempo que fueron avasallados”.

“La vuelta del cuerpo al territorio será el fortalecimiento a nuestra lucha obteniendo fuerzas en todos los espacios espirituales”, agregó.

Soledad ‘Jasuka’ Roa, integrante del Pueblo Guaraní y representante del Consejo de Mujeres, manifestó: “Es muy importante para Buenos Aires porque es asumir desde el Estado que es territorio indígena, algo que fue negado durante muchos años. Sería el inicio de una reparación histórica. A nivel espiritual también es sumamente importante: ese cuerpo tiene que seguir estando en ese espacio sagrado”.

Por Comunidad Indígena Punta Querandí
Fuente: https://puntaquerandi.com/
Fecha: 25/10/2019

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